Comisión Permanente da entrada a iniciativa de reforma de AMLO para fortalecer Banco del Bienestar
La propuesta enfatiza que es indispensable el fortalecimiento económico de dicha institución mediante un mecanismo que no repercuta en las finanzas pública
La Comisión Permanente del Congreso de la Unión dio entrada a una iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador que modifica la Ley Orgánica del Banco del Bienestar y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria con el fin de fortalecer el Banco del Bienestar.
Lo anterior reforma la Ley Orgánica del Banco del Bienestar y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que tiene “por objeto fortalecer el Banco del Bienestar a través de un mecanismo para recibir, administrar y dispersar los recursos de programas sociales, y con ello continuar con la atención de forma eficiente y transparente de subsidios a la población objetivo”, señala el documento.
La iniciativa fue remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, como cámara de origen, para su análisis y resolución.
El documento enfatiza que es indispensable el fortalecimiento económico de dicha institución mediante un mecanismo que no repercuta en las finanzas públicas, así como la continuidad de la dispersión de los recursos correspondientes.
La reforma propone establecer en el artículo 8 de su Ley Orgánica que la institución podrá obtener por concepto de contraprestación por los servicios financieros prestados, el 1.5 por ciento sobre el monto aprobado para su distribución conforme a las disposiciones aplicables por cada programa social en el ejercicio fiscal correspondiente.
Destaca que, al utilizar la infraestructura del Banco del Bienestar para recibir, administrar y dispersar los recursos de programas sociales, resulta necesaria la armonización de preceptos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para lograr la entrega de forma eficiente y transparente de subsidios a la población beneficiaria.
En ese sentido, plantea incluir en el artículo 75 de la referida norma que el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) deberá señalar los programas a través de los cuales se otorguen subsidios en numerario, cuya entrega deberá realizarse mediante el uso de cuentas bancarias personales abiertas en el Banco del Bienestar.
Según la propuesta, la reforma a la Ley Orgánica del Banco del Bienestar propone que en el PEF se establezca un porcentaje por concepto de la contraprestación por los servicios financieros prestados que deba recibir la institución financiera señalada, el cual será del 1.5 por ciento sobre el monto aprobado para su distribución, conforme a las disposiciones aplicables para cada programa social en el ejercicio fiscal correspondiente.
Fuente: El Sol de México
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